Esta carta se adopta conforme a la Resolución 13437 de 1991 del Ministerio de Salud, la Ley 1751 de 2015 (Ley Estatutaria de Salud) y la Resolución 4343 de 2012. La salud es un derecho fundamental autónomo e irrenunciable.
ASus derechos
- A una atención digna. Recibir atención respetuosa de su dignidad, sus creencias y su intimidad, sin discriminación por edad, sexo, orientación, origen, condición económica, religión, discapacidad o diagnóstico.
- A la atención inicial de urgencias. Sin que pueda exigirse pago previo, autorización administrativa ni ningún requisito, en cualquier institución del país.
- A recibir información clara. Sobre su diagnóstico, el estudio o tratamiento propuesto, sus alternativas, sus riesgos, sus beneficios y su pronóstico, en lenguaje comprensible y en el idioma que usted entienda.
- Al consentimiento informado. A aceptar o rechazar libremente cualquier procedimiento, después de haber sido informado, y a revocar su decisión en cualquier momento.
- A conocer la identidad y calificación de quien lo atiende. Nombre, profesión y especialidad del personal responsable de su atención.
- A la confidencialidad. Su historia clínica y sus imágenes están sometidas a reserva legal. Solo pueden conocerlas usted, el equipo tratante, quienes usted autorice y las autoridades en los casos que la ley determina.
- A acceder a su historia clínica y a sus imágenes. A obtener copia de sus estudios, informes e imágenes en formato digital.
- A una segunda opinión. A solicitar la valoración de otro profesional cuando lo considere necesario.
- A la seguridad en radioprotección. A que la dosis de radiación que reciba esté justificada y optimizada, y a que se le informe sobre las precauciones posteriores al estudio o a la terapia.
- A morir con dignidad y a recibir cuidado paliativo cuando su condición lo requiera, con manejo del dolor y acompañamiento.
- A presentar PQRSF sin que ello afecte su atención, y a recibir respuesta dentro de los términos legales.
- A la protección de sus datos personales, incluidos los datos sensibles de salud, conforme a la Política de Tratamiento de Datos.
- A un acompañante durante la atención, cuando las condiciones del procedimiento y la radioprotección lo permitan.
BSus deberes
- Dar información veraz y completa sobre su estado de salud, antecedentes, medicamentos, alergias y estudios previos. En medicina nuclear esto es determinante: la glucemia, el ayuno, la función renal o un embarazo cambian por completo la conducta.
- Informar si está o podría estar embarazada, o si está lactando, antes de cualquier estudio o terapia con radiofármacos.
- Seguir las indicaciones de preparación del estudio: ayuno, suspensión de medicamentos, hidratación, tiempos de llegada.
- Cumplir las instrucciones de radioprotección posteriores al estudio o a la terapia, especialmente las relativas al contacto con niños y mujeres embarazadas.
- Cuidar y usar racionalmente los recursos. Avisar con anticipación si no podrá asistir: una dosis de radiofármaco no utilizada se pierde y no puede reasignarse.
- Tratar con respeto al personal de salud, administrativo y a los demás pacientes.
- Cumplir las normas de la institución donde se realiza el procedimiento.
- Firmar el consentimiento informado o la constancia de no aceptación, según su decisión.
CSi considera vulnerado alguno de sus derechos
Puede presentar una PQRSF por cualquiera de los canales descritos en el procedimiento PQRSF, o acudir directamente a la Superintendencia Nacional de Salud.
Versión 1.0 — adoptada el 6 de septiembre de 2026.
Aprobada y firmada
Tatiana Cadavid Camacho
Representante Legal — THERAGNOSIS SAS
NIT 901.958.847-1
Bogotá D.C., 6 de septiembre de 2026